CÓDIGO DE CONDUCTA PROVEEDORES Y TERCEROS

Es un compromiso y obligación de todos los miembros de PUEBLO BONITO (colaboradores, funcionarios, directores, consejeros, empresas aliadas y proveedores) dar cumplimiento a cada uno de los lineamientos manifestados en el mencionado Código en cada una de las actividades realizadas en el día a día, ejecutar su trabajo con la prudencia, criterio profesional y el compromiso ético requerido.

En este Código se pretenden establecer las normas básicas o lineamientos para el comportamiento ético que deberán cumplir proveedores y prestadores de servicio de PUEBLO BONITO. Este Código no es un contrato ni un manual exhaustivo que llegue a cubrir cada una de las situaciones que se pudieran enfrentar, sino una guía de observancia obligatoria que permitirá impulsar, fortalecer y consolidar una cultura de respeto hacia los más altos valores éticos de nuestro Grupo.

CUMPLIMIENTO DE LEYES

PUEBLO BONITO debe de cumplir con todas las leyes aplicables incluyendo a todo aliado comercial e interesado clave de cualquier línea de negocio. Todo miembro perteneciente al Grupo deberá cumplir con las políticas, procedimientos y prácticas internas expedidas por el consejo de administración y las diferentes áreas de la empresa.

Pueblo Bonito está comprometido con el “Código de Conducta Nacional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Sector de los Viajes y el Turismo”, por lo que cualquier actividad que suponga un presumible caso de explotación sexual o laboral de niñas, niños y adolescentes y/o trabajo infantil, activará la ejecución de nuestro protocolo de acción y responderá ante la ley en marco de las normativas vigentes.

Promovemos en nuestra cadena de suministro la debida gestión de los Derechos Humanos, los Derechos Laborales y el Medio Ambiente mediante la conservación de hábitats naturales y evitar la introducción intencional de especies invasoras.

CONFLICTO DE INTERESES

Se entiende como conflicto de interés, toda situación en la cual una persona antepone sus intereses personales o económicos a los de la empresa. Para no generar situaciones de conflicto de interés, todos los colaboradores o miembros de PUEBLO BONITO deben actuar con honestidad, ética y lealtad, buscando siempre la protección de los intereses de la empresa, razón por la cual no se permite aceptar beneficios, ingresos o regalos que puedan generar un compromiso, de proveedores, prestadores de servicios o terceros.

Entendemos que nuestros proveedores hagan esfuerzos por promover sus marcas, productos y servicios de tal forma que se podrán recibir productos promocionales o artículos que no rebasen un importe equivalente a 100 dólares siempre y cuando esto no les genere un compromiso indebido en la relación.

En el caso en que algún familiar cercano de un colaborador de PUEBLO BONITO participe en algún proceso para la selección de proveedores, se deberá notificar al área de Recursos humanos para documentar dicha situación, de tal forma que se analice por medio de la política correspondiente, los criterios aplicables para evitar que exista un posible conflicto de intereses. Asimismo, los familiares de los colaboradores podrán trabajar dentro de PUEBLO BONITO siempre y cuando la relación de parentesco no afecte el desempeño de su trabajo ni la relación laboral entre el colaborador y la empresa.

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Se considera información confidencial toda aquélla que no ha sido publicada oficialmente y la cual es utilizada para el desarrollo de las funciones de cada departamento y no puede ser divulgada o compartida con terceros. Si algún proveedor o prestador de servicios divulga información o documentos confidenciales de PUEBLO BONITO o si hace un uso indebido de los datos personales de nuestros clientes, comete una falta grave.

Todo proveedor y prestador de servicios que por su trabajo maneje información confidencial de PUEBLO BONITO, deberá firmar un convenio de confidencialidad mediante el cual reconoce su cumplimiento.

PUEBLO BONITO respeta la información confidencial y privilegiada de terceros, por lo tanto, todos nuestros proveedores y prestadores de servicios deben respetar dichos derechos, razón por la cual no se permite el uso de dicha información para beneficio de nuestra empresa.

Todo incumplimiento al presente Código será causal de sanciones disciplinarias que inclusive pueden llegar al término de la relación y, en algunos casos, a sanciones de carácter civil o penal.

SANCIONES

Todo incumplimiento al Código de ética es un asunto grave que puede dar lugar a la aplicación de medidas disciplinarias, incluyendo la rescisión de contratos o la relación comercial. Inclusive, en un caso extremo, la empresa informará a las autoridades competentes sobre ciertos tipos de infracción que pudieran estar sujetas a sanciones civiles o penales.

En PUEBLO BONITO, se rechaza cualquier tipo de acoso laboral o moral (Mobbing), entendiendo por ello: cualquier acción que pueda producir miedo, hostigamiento, desprecio, desánimo, enfermedad o violencia psicológica.

Todos los proveedores y prestadores de servicios de PUEBLO BONITO deberán firmar una carta de adhesión que se adjunta al recibir un ejemplar de este Código de Ética. Mediante la carta de adhesión, se acepta y se compromete a respetar, fomentar y a atender lo dispuesto en el mismo.

MECANISMOS DE DENUNCIA (SISTEMA DE DENUNCIA ANONIMA)

A modo de proveer los medios para denunciar cualquier tipo de incumplimiento a su Código de Ética, PUEBLO BONITO diseñó un sistema de denuncia anónima mediante el cual se establecen varias formas para colocar denuncias y hacerlas llegar al Comité de Denuncias, quien será responsable de dar seguimiento, efectuar las investigaciones pertinentes, deslindar responsabilidades y definir el nivel de sanciones en los casos en que corresponda.

Los medios para colocar estas denuncias serán:


Las denuncias serán anónimas con opción a proveer datos del denunciante, los cuales serán resguardados por el comité de denuncia para garantizar el anonimato de quien las presente. Es importante mencionar que se ofrece protección a la identidad del denunciante para evitar posibles actos de represalia o presión derivadas de la denuncia interpuesta.

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